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11.05.2007 Imprimir Enviar Comentar
NOTA

Costa Rica aprueba una ley contra la agresión a mujeres con sanciones de 6 meses a 35 años de cárcel.

Costa Rica aprobó una ley que castiga desde seis meses a dos años de cárcel al hombre que insulte, ridiculice o atemorice a su compañera sentimental o dañe su patrimonio. El proyecto, aprobado esta semana, contó con el apoyo de 45 diputados y el rechazo de otros tres de un total de 57.
La ley entrará en vigor una vez que sea publicada en el diario oficial 'La Gaceta' (equivalente al Boletín Oficial del Estado). La ley tratará de proteger los derechos de las víctimas de violencia y sancionar las formas de violencia física, psicológica, sexual y patrimonial contra las mujeres mayores de 18 años como práctica discriminatoria por género.
El nuevo texto incluye además el delito de femicidio, que estará castigado con pena de prisión de 20 a 35 años.
Esta sanción ya está incluida en el Código Penal. Si un hombre viola a su esposa o compañera de hecho, declarada o no, tendrá que restar entre 12 y 18 años de cárcel. Cuando no cumpla alguna medida de protección dictada por una autoridad competente en materia de violencia doméstica, será condenado a una prisión de entre seis meses y dos años.
"Las mujeres que son víctimas de la violencia doméstica ahora tendrán más y mejores herramientas para defenderse de los agresores", resaltó la presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), Jeannette Carrillo. Indicó que con la aprobación de la ley se cumplen los compromisos establecidos por Costa Rica en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
En lo que va del año ya se registraron seis femicidios y una mujer en estado de muerte neurológica provocada por su ex compañero, según datos del INAMU. En 2006 fallecieron 20 mujeres a manos de sus esposos o compañeros.



Fuentes: De Minorias - AXP, 18 abril 2007.

 
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