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PANORAMA/Legislación
25.05.2004
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ARTÍCULO
Bolivia: Nueva ley de derechos sexuales y reproductivos en peligro
Mujeres y hombres de Bolivia deberían acceder pronto a servicios de calidad (Foto: gratisweb)
 
Diversas organizaciones del movimiento de mujeres instaron al presidente de Bolivia, Carlos Mesa, a promulgar la reciente aprobada Ley Marco sobre Derechos Sexuales y Reproductivos por el Parlamento y a no ceder ante las presiones de Iglesia Católica, la que quiere que el mandatario ejerza su derecho a veto.

(Mujereshoy) El 5 de mayo pasado, el Congreso Nacional de Bolivia aprobó la “Ley Marco sobre Derechos Sexuales y Reproductivos”, en la que “el Estado reconoce a todas las mujeres y los hombres sin distinción de clase, edad, sexo, género, origen étnico, opción sexual u otra el derecho al goce y ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos”.

Esto significa que los órganos del Estado deberán proporcionar información, orientación y servicios de anticoncepción de calidad y adecuados a las necesidades de mujeres y hombres; acceso a servicios de salud de calidad y adecuados; reserva y confidencialidad de los temas de sexualidad y reproducción consultados por las/os adolescentes y jóvenes; atención prenatal, parto y posnatal.

También deberán entregar servicios de prevención y tratamiento de las enfermedades de transmisión sexual, VIH/Sida, hepatitis B y C, prevención y tratamiento de cáncer cérvico-uterino, de mamas y de próstata; prevención del embarazo no deseado; atención de calidad para tratar las complicaciones del aborto y sus defectos en la salud de las mujeres; orientación y servicios de anticoncepción post-aborto, orientación de la infertilidad y servicios multidisciplinarios adecuados para el tratamiento tanto de la violencia como de la menopausia y la tercera edad.

Sin embargo, representantes de la Iglesia Católica la iglesia de ese país están presionando para que el presidente Carlos Mesa ejerza su derecho a veto y evitar que la ley sea promulgada.

El Arzobispo de La Paz, monseñor Edmundo Abastoflor, y el obispo de El Alto, monseñor Jesús Juárez, confirmaron a los medios de comunicación su insatisfacción por esta norma legal. “Nos parece que con el nombre de derechos se está afectando otros derechos; hay que reflexionar y profundizar más en el tema y hay que hablar más con los diferentes sectores de la ciudadanía”, dijo Abastoflor.

El Arzobispo de La Paz también señaló que la Iglesia cree que el contenido de la ley no es positivo para el país. Anunció que en los próximos días “nos pronunciaremos acerca de ese tema y ya llegará el momento en que fijemos una posición llegando a la opinión pública”.

Ante esta situación, diferentes organizaciones de mujeres de Bolivia decidieron escribir una carta al presidente Carlos Mesa Gisberth, en la que señalan que “los derechos sexuales y reproductivos son derechos humanos y es obligación del Estado promoverlos y defenderlos”.

Después de recordar el camino recorrido en Bolivia para que se reconozcan los derechos sexuales y reproductivos, tales como los planes y programas sobre reducción de mortalidad materna, seguro básico de salud, normas y protocolos para la atención integral a la salud de los adolescentes, las organizaciones indican que ante las presiones de la Iglesia Católica “para que su excelencia deje de lado sus compromisos éticos y jurídicos que tiene con la población para dar paso a mitos y prejuicios que niegan el reconocimiento y ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos… (…) nos permitimos pedirle a Ud. mantener la línea de conducta coherente que le caracteriza y que demandó de la clase política antes de asumir la presidencia de la República”.

Lo que dice la ley

El texto de la ley, que avala el cumplimiento y respeto de los Derechos Sexuales y Reproductivos como una reivindicación de la sociedad boliviana, señala que los derechos sexuales son:
• El derecho a vivir una sexualidad placentera, responsable y libremente decidida, sin más límites que los expresamente señalados por la Ley y los derechos de otras personas.
• El derecho a la integridad corporal y la autonomía en el control del cuerpo.
• El derecho de alcanzar, el más alto nivel de salud sexual.
• El derecho a la confidencialidad en el tratamiento de la sexualidad, particularmente de las/os adolescentes y jóvenes.
• El derecho de acceder a una educación integral para la vida afectiva y sexual desde la temprana edad posibilitando el bienestar, el desarrollo de la persona y el ejercicio de la sexualidad en forma plena, libre e informada; y,
• El derecho de acceder a la orientación y consejería, prevención y tratamiento de infecciones de transmisión sexual, incluyendo el VIH/Sida, hepatitis B y C. Cáncer cérvicouterino, mamario y prostático.

Respecto de los derechos reproductivos, la nueva ley establece que estos son:
• El derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijos, espaciamiento de los nacimientos u el intervalo entre éstos.
• El derecho a la elección libre e informada de los métodos anticonceptivos, modernos, seguros y efectivos de calidad y costo entre éstos.
• El derecho a recibir orientación, atención integral y tratamiento técnico profesional durante el embarazo, parto, puerperio y lactancia.
• El derecho de las mujeres a no ser discriminadas en el trabajo o el estudio por razón de embarazo o maternidad; y,
• El derecho a acceder a la orientación y consejería de problemas de infertilidad e infecciones de transmisión sexual.

Por otra parte, la ley prohíbe toda forma de discriminación en el ejercicio de estos derechos, ya sea por el Estado, o por particulares, entendiéndose por discriminación para efecto de esta Ley, cualquier exclusión, menoscabo, restricción o diferenciación arbitraria basada en el sexo, edad, género, orientación sexual, estado civil, origen étnico, clase social, religión o creencia, discapacidad o cualquier causa análoga.



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Nota: este portal de Internet fue abierto el 15 de enero de 2003