• PANORAMA
• VIDA COTIDIANA
• ESPACIOS
• MOVIMIENTOS
• NO + VIOLENCIA
• MEMORIA
• PUNTO M
• CIBERTALLER
• Agenda
• Galería de   Maitena
• Resultado   Encuestas
NO + VIOLENCIA/Intrafamiliar
24.02.2005
Google
www mujereshoy
Cuba: Hombres no violentos
Uruguay: Crearán Observatorio de Violencia Doméstica
Violencia doméstica y mala salud
En TV, seis rostros golpeados de mujeres destacadas
Nace Observatorio contra Violencia hacia Mujeres
“Contar la verdad, a cualquier precio”
“Cuando una mujer amenaza a un varón, él no teme por su integridad física”
Congreso chileno endurece penas para violencia intrafamiliar
PUNTO DE VISTA
La oportunidad de la impunidad...
Susi Pola

 


(Santo Domingo, República Dominicana) El principio de oportunidad establecido por el nuevo Código Procesal Penal, le permite al Ministerio Público prescindir de la acción pública, una forma elegante y diferente de decir que, en realidad, favorece a la persona imputada. La misma ley establece cuándo, considerando que los hechos atribuidos no afecten gravemente al bien jurídico comprometido ni comprometan al interés público, entre otras cosas.

Las razones que propiciaron la inclusión del principio de oportunidad al proceso penal dominicano tiene que ver, sobre todo, con acciones de internacionalización de sistemas de gobernabilidad, por llamar de alguna manera y sin ofender a nadie a la imposición de diferentes estrategias llegadas desde los países centrales a los periféricos a través de “ayudas” de todo tipo.

En su momento y a partir del derecho románico francés, se nos impuso el principio de la legalidad, según el cual todo hecho que aparezca como delictivo debe ser investigado y quienes lo cometan acusados y juzgados penalmente sin que pueda suspenderse el proceso puesto en marcha.

Hoy, recibimos la práctica anglosajona desde Estados Unidos, referente sociopolítico económico al que nos ligamos en calidad de país endeudado y dependiente.

Atrás y enterrado todo vestigio de Justicia autóctona, la región latinoamericana entera ha ido entregándose, muchas veces sin necesidad de ser ocupada de hecho, a las normas y costumbres del poder del norte al que estamos hipotecados. No nos damos tiempo para reflexionar acerca de lo que nos conviene, mucho menos sobre lo que “debería ser”. Hace mucho tiempo que otras mentes piensan por nosotros.

La búsqueda de una mayor eficacia del sistema con una selección controlada de los casos que merecen ser penalizados, la agilización de los procesos, el descongestionamiento de las cárceles llenas de personas acusadas en fase de prevención, la violación al principio de igualdad, son otras de las causas enunciadas para aplicar el concepto de oportunidad adoptado por varios países de la región en los últimos cinco años.

Sin embargo, en nuestra realidad -en la que el aparato operativo de la Justicia entero carece del especialismo y la experticia necesarios para determinar cuando se puede aplicar el principio de la oportunidad sin contraponerse al bien jurídico que la ley debe proteger, como es el caso de la Ley 24-97 sobre Violencia Intrafamiliar- se corre el riesgo de que la oportunidad dada termine en impunidad adquirida.

Es lo que está sucediendo de manera sostenida a partir de la aplicación del nuevo Código Procesal Penal en materia de violencia de género. Para la ley, el bien jurídico a proteger en los casos previstos en la 24-97 es la víctima, es decir, la mujer que, con la oportunidad dada al agresor, no tiene más que esperar violencias mayores hasta terminar en la muerte.

La cantidad de feminicidios perpetrados en lo que va del año nos indican, sin embargo, que los crímenes en razón del género son diferentes y que las razones culturales que los provocan tienen que tenerse en cuenta a la hora de dilucidarse el caso en la Justicia.

El subsistema penal dominicano es demasiado vulnerable en su estructura y formación y, si no se refuerza, perderemos cada vez más, todos y todas.


Susi Pola: susipola@hotmail.com


Fuente: Susi Pola.

El portal de las mujeres latinoamericanas
Quiénes somos | Sobre este portal | Contacto
Todos los derechos reservados © Isis Internacional 2003

Nota: este portal de Internet fue abierto el 15 de enero de 2003