| Paraguay. Resarcimiento por daño moral y sicológico
En un caso poco usual, el Tribunal de Apelación del Trabajo, segunda sala, confirmó la demanda promovida por Sonia Dalila Martínez contra la Cooperativa 26 de Abril Ltda., a la que solicitó resarcimiento por daño moral y sicológico. La denunciante alegó que fue confinada a una pieza bajo llave luego de ganar un pleito a esta entidad.
Los camaristas laborales Miriam Peña, Ramiro Barboza y Concepción Sánchez revocaron la sentencia de primera instancia de la jueza Blanca Mafalda Benítez Rivas que denegó la demanda por daño moral y sicológico a la recurrente, y, en consecuencia, ordenó el pago de G. 30 millones en concepto de indemnización moral.
El tribunal de apelación también dispuso el cese de todo acto de hostigamiento bajo apercibimiento de que de no hacerlo se hará pasible de reparaciones económicas más severas.
Los camaristas tuvieron en cuenta que la trabajadora aún se encuentra afectada de una dolencia física caracterizada por un trastorno de ansiedad y depresión reactiva, dentro de un cuadro de estrés con síntomas depresivos en el grado ocho. Todo esto se desprende del dictamen de una junta médica practicada en el IPS.
La persecución se realizó de manera sistemática y constante.
El calvario de la mujer se inició luego de haber ganado, en las dos instancias del fuero laboral, a la Cooperativa 26 de Abril Ltda. el reintegro a su lugar de trabajo, la reposición de salarios caídos y los beneficios sociales correspondientes. Esta sentencia fue dictada por la jueza Benítez Rivas y confirmada por el tribunal de alzada el 26 de marzo de 2003.
Según la demanda, se solicitó la indemnización por daño moral ocasionado a la trabajadora por parte de la empresa, por someterla a maltrato físico y sicológico al mantenerla recluida en una pieza especial, prohibiéndole tener contacto con sus compañeros de trabajo y clientes como una manera de forzar su retiro.
Fuentes: ABC Digital, 5 agosto 2007.
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