 |
Con la ley de divorcio muchas parejas podrán regularizar su situación legal (Foto: Revista Mujer de La Tercera). |
El país sudamericano, único del mundo occidental y cristiano donde el matrimonio no se puede disolver legalmente, va camino de perder ese rasgo distintivo. Tras nueve años de extenso y desgastador debate parlamentario sobre un proyecto de Ley de Matrimonio Civil que reemplazará a la norma vigente desde 1884, en marzo próximo Chile tendrá divorcio.
(Mujereshoy) El pasado 22 de enero el Senado chileno aprobó una nueva Ley de Matrimonio Civil, que empezó su tramitación en 1995 en la Cámara de Diputados y había sido aprobada por ésta en 1997. Pero modificaciones introducidas por los senadores ahora deberán ser consideradas por los diputados, y la cuestión podría zanjarse finalmente en Comisión Mixta de ambas cámaras.
Tanto trámite se explica por el conservadurismo y la fuerte injerencia que la iglesia católica –acérrima enemiga del divorcio- aún tiene sobre importantes sectores de las clases dirigentes chilenas, quienes por años se negaron a legislar o debatir sobre la materia.
El proyecto final de esta nueva Ley de Matrimonio Civil establece al divorcio como una de las formas de terminar con el vínculo matrimonial, junto con la muerte natural o presunto fallecimiento del o la cónyuge; la separación de hecho o judicial, y la nulidad (el reconocimiento de que el vínculo, en realidad, nunca existió).
De acuerdo a la legislación aprobada por el Senado, una vez cesada la convivencia, la sentencia de divorcio se dictará un año después de las solicitudes de mutuo acuerdo entre ambas partes, y tres años después si el pedido proviene de sólo una de las personas involucradas.
Los jueces o juezas podrán denegar demandas unilaterales de divorcio si se “verifica que, pudiendo hacerlo mientras duró el cese de la convivencia, el demandante no ha dado cumplimiento a las obligaciones de alimento respecto del cónyuge demandado y sus hijos comunes”.
Según cifras oficiales, 40 por ciento de las pensiones decretadas judicialmente no se pagan.
Pasarían a ser causas de disolución inmediatas del matrimonio el atentado contra la vida o la integridad física o psíquica del o la cónyuge o los hijos o hijas, el abandono del hogar; la conducta homosexual, el alcoholismo o adicción a drogas ilegales; la condena penal por algunos delitos graves y el adulterio.
Uno de los rasgos más sobresalientes del proyecto actual es el establecimiento del “término de las nulidades fraudulentas, y la incorporación a la ley chilena de nulidades reales y efectivas. Por lo tanto, se coloca más a tono con el espíritu de la sociedad en que vivimos”, señaló el senador Rafael Moreno, de la Democracia Cristiana, uno de los partidos que integran la coalición gobernante, respecto de uno de los mecanismos más irregulares a través de los cuales las actuales ex parejas logran separarse: las anulaciones fraudulentas, que a través de resquicios legales demuestran que la unión “nunca existió”.
Moreno destacó además la creación de “mecanismos que den la posibilidad real de mediación y conciliación, y permita buscar soluciones a los chilenos que están en dificultades (matrimoniales), de tal manera de evitar el quiebre definitivo”.
En los casos de divorcio o nulidad, se impondría el pago de compensaciones a favor del o la cónyuge que haya sufrido menoscabo económico, sea porque no desarrolló actividad remunerada durante el matrimonio, o porque lo hizo en menor medida debido a tareas domésticas o al cuidado de los hijos o hijas.
La nueva norma tendría carácter retroactivo, al regir para los matrimonios establecidos antes de su aprobación.
Por otra parte, fijaría la edad de 16 años como mínimo para contraer matrimonio.
La lucha conservadora
Moreno reconoció que las posiciones más conservadora de la sociedad chilena sufrieron un revés, “porque más allá de lo que pudiera opinar la Iglesia Católica u otras iglesias, el plazo que originalmente se aprobó era de tres años para el (divorcio) de común acuerdo y de cinco años para el unilateral, y quedó en uno y tres años respectivamente”.
Susana Carmi Nahas, dirigente de la organización no gubernamental Crea Vida, dijo a que “la ley cumple con su objetivo último de normar situaciones fácticas o de hecho que, hasta antes de su realización material no tenían una regulación normativa”.
Según estadísticas recientes, la mitad de los matrimonios chilenos están “separados de hecho”. Lo que inquieta a Carmi es que la ley no resolverá la crisis de la familia, definida por la Constitución como núcleo fundamental de la sociedad.
Por su parte, la iglesia católica mantiene su hostilidad hacia el proyecto. Según el obispo Juan Ignacio González, se trata de una norma “ideológica y elitista”, y los y las legisladoras que la apoyan deberán “rendir cuentas en el Más Allá”.
Casi un siglo
El trámite legislativo de esta reforma comenzó en 1995 en la Cámara de Diputados, por iniciativa de un grupo de sus integrantes: tres diputadas y un diputado oficialistas, pero el debate de fondo tiene cerca de un siglo.
A fines de 1914, cuando dos mujeres fueron asesinados por sus esposos, desde el ala liberal de la Cámara de Diputados emergió una propuesta para establecer el divorcio vincular (el que disuelve el vínculo matrimonial, llamado simplemente divorcio en la mayoría de los países).
Diez años más tarde se intentó aprobar un proyecto con ese contenido, y en 1934 se propuso permitir el divorcio por demanda unilateral de la mujer, e instituir como causales de divorcio la incompatibilidad de caracteres y la separación de hecho por más de un año, cuando ambos cónyuges desearan disolver el vínculo.
En los años 40, las declaraciones de nulidad de matrimonios en las cortes de Santiago llegaban a 3.000 por año.
A comienzos de los años 60 se propusieron como causales de divorcio el vicio arraigado del juego y la embriaguez. Más tarde se agregaría el uso injustificado de drogas.
Todas esas iniciativas se frustraron y fueron repudiadas por sectores conservadores que calificaban de sacrílego a todo promotor del divorcio.
Recién en el proyecto de los años 90 se planteó simplemente aceptar el divorcio ante una “ruptura irremediable” del matrimonio, con base en el consentimiento mutuo o la separación de más de un año.
El actual presidente socialista Ricardo Lagos prometió en su campaña electoral legalizar el divorcio, y durante su gobierno, que comenzó en 2000, el Poder Ejecutivo apoyó esa iniciativa abiertamente por primera vez.
Para la ministra del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), Cecilia Pérez, la aprobación del proyecto de nueva Ley de Matrimonio Civil es “la señal prístina y clara de la voluntad del Senado concordante con la de la ciudadanía chilena”.
En marzo, cuando se reanude el trabajo legislativo, la Cámara de Diputados deberá considerar los puntos modificados por el Senado: la ratificación civil del matrimonio religioso y los plazos de otorgamiento del divorcio. Si alguno de los cambios es rechazado, las diferencias serán resueltas en Comisión Mixta.
Los y las congresistas de la coalición gobernante aspiran a que todo quede finiquitado antes del 21 de mayo, para que Lagos pueda, en su mensaje a la nación de esa fecha, exhibir la nueva Ley de Matrimonio Civil como uno de sus logros.
Fuente: IPS.
|