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El Estatuto de Roma entró en vigor en julio de 2002 (Foto: Fortunecity). |
El Estatuto de Roma, que crea la Corte Penal Internacional, introduce formidables avances en materia de justicia de género que no están siendo suficientemente aprovechados. Los gobiernos de América Latina y el Caribe no han sancionado leyes internas para su implementación ni tampoco han adecuado sus normas penales a sus estándares.
(Mujereshoy) Sandra tenia 17 años cuando fue violada por un político influyente. Durante la investigación se cuestionó permanentemente la conducta sexual anterior de la víctima. Fundándose en las reglas de procedimiento y prueba del Estatuto de Roma, su abogada interpuso una acción de amparo, solicitando que fuese respetado su derecho a la intimidad.
El tribunal interviniente dio razón a la abogada y sostuvo que el proceso penal se apartaba de sus finalidades primigenias: la realización de la justicia y la aclaración de la verdad, transformándose en un mecanismo de reproducción de prejuicios sociales, adversos a las mujeres víctimas de conductas que pueden configurar delitos sexuales.
Sandra es colombiana, y este logro se concretó en su país. Pero lo mismo podría suceder en cualquier otro, si los actores jurídicos conocieran a cabalidad y utilizaran el Estatuto de Roma.
Este es el primer instrumento internacional no referido exclusivamente a las mujeres que incorpora la perspectiva de género a lo largo de todo su articulado, complementado con normas sobre procedimiento y prueba y otras sobre elementos de los crímenes, particularmente avanzadas en materia de crímenes sexuales.
Aprobado en 1998, el Estatuto entró en vigor el 1 de julio de 2002. Aunque todavía ningún país de la región latinoamericana lo ha implementado por ley nacional, todos lo firmaron; a excepción de Chile y México, todos también lo ratificaron.
Justicia para víctimas de violencia sexual
Además de darle institucionalidad a la internacionalización de la justicia a través de la Corte Penal Internacional (CPI) que crea, el Estatuto de Roma es una herramienta muy valiosa para la defensa de los derechos humanos de las mujeres.
Por ejemplo, criminaliza a nivel internacional la violencia sexual y de género; incorpora normas de procedimiento y prueba en relación a víctimas y testigos de crímenes de violencia sexual; establece mecanismos para su protección y participación en los procesos; consagra el principio de no discriminación sobre la base del género, garantizando el acceso de las mujeres a los espacios de poder y al funcionariado del tribunal mundial.
Entre los crímenes de lesa humanidad y de guerra que tipifica, incluye violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada y otras formas de violencia sexual.
Superando la simplificadora exigencia de “conjunción carnal”, el Estatuto de Roma determina en su anexo “Elementos de los crímenes” que habrá violación cuando el autor “haya invadido el cuerpo de una persona mediante una conducta que haya ocasionado la penetración, por insignificante que fuera, de cualquier parte del cuerpo de la víctima o del autor con un órgano sexual o del orificio anal o vaginal de la víctima con un objeto y otra parte del cuerpo”.
En “Reglas de procedimiento y prueba” no solo prohíbe que en caso de crímenes sexuales se valore el comportamiento anterior o ulterior de la víctima o de un testigo. También aclara que “el consentimiento no podrá inferirse de ninguna palabra o conducta de la víctima cuando la fuerza, la amenaza de la fuerza, la coacción o el aprovechamiento de su entorno coercitivo hayan disminuido su capacidad de dar un consentimiento voluntario y libre”.
Ignorancia y resistencia de actores juridicos
Lo anterior es apenas una muestra de la riqueza del Estatuto de Roma en materia de justicia de género. Entonces, ¿por qué no se le aprovecha a nivel interno, como hizo la abogada colombiana en el caso de Sandra?
En el seminario sobre “Corte Penal Internacional y Justicia de género” que tuvo lugar en la ciudad boliviana de Santa Cruz de la Sierra los días 8 y 9 de septiembre, algunas respuestas fueron evidentes.
Mientras los gobiernos no concreten la implementación ni modifiquen su propia legislación penal para adecuarla como mínimo a los estándares del Estatuto, y pese a los esfuerzos de las organizaciones de derechos humanos y de mujeres, sus normas son poco visibles y menos incidentes. Los medios de comunicación tampoco hacen mucho por difundirlas como merecen. De la CPI se habla sólo en relación a las presiones de Estados Unidos sobre los gobiernos para que firmen los tratados bilaterales de impunidad para sus ciudadanos.
En el seminario, convocado con el apoyo de la Unión Europea por las Corporaciones Domos y La Morada de Chile, la Corporación Promoción de la Mujer y el Taller Comunicación Mujer de Ecuador, la Coordinadora de la Mujer y el Centro Juana Azurduy de Bolivia, coincidieron legisladoras, juezas, fiscales y representantes de organizaciones de mujeres de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Uruguay, Perú, Ecuador, Colombia y Venezuela. Por nuestro país concurrieron la diputada encuentrista Lilián Kechichían, la fiscal Patricia Lanzani y quien que esto escribe.
El encuentro propició un rico intercambio de experiencias desde diversas ópticas, con la mira puesta en fortalecer alianzas entre actoras del Cono Sur y la Región Andina en pro de los procesos de ratificación e implementación del Estatuto de la CPI. En tal sentido, cosechó el compromiso de las participantes de aprovechar todos los escenarios en los que actúan, y el de intercambiar información sobre avances locales tanto en ámbitos parlamentarios como judiciales.
Estado uruguayo en deuda
Como los restantes de Latinoamérica, el Estado uruguayo está en deuda con el Estatuto de Roma y particularmente con los derechos humanos de las mujeres. Por un lado, un proyecto legal de implementación sigue a consideración de la Secretaría de la Presidencia, por lo que aún no ha logrado estado parlamentario. Por otro, más de una iniciativa de modificación del Código Penal, destinada a eliminar rémoras discriminatorias para las mujeres, espera lugar en la agenda legislativa.
Fuente: Isabel Villar, La República de las Mujeres.
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