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VIDA COTIDIANA/Salud
30.11.2005
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Ministerio de Salud del Gobierno de Chile
Histórico fallo
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ARTÍCULO
Paso a la anticoncepción de emergencia
Anticonceptivo de emergencia (Foto: www.fhi.org/pic/ postinorpills.jpg)
 
En un fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó que en Chile puede ser utilizada la píldora del día después, al rechazar dos recursos de casación que habían sido presentados por el centro juvenil AGES.

(Mujereshoy) Con su decisión, el tribunal respaldó lo que en diciembre de 2004 había resuelto la Novena Sala del tribunal de alzada que revocó lo que en primera instancia había decidido el 20° Juzgado Civil, suspendiendo el uso de la
píldora ya que acogió entonces la demanda de AGES, organismo juvenil de la comuna de Las Condes.


Resolución Reafirmativa

Con esta decisión, queda a firme la resolución número 7224 del 24 de agosto de 2001 dictada por el Instituto de Salud Pública de Chile, la que a través del registro ISP F8527/01 permitió la venta del fármaco Postinor-2, elaborado en base al principio activo Levonogestrel de 0,75 milígramos.

El fallo fue dictado por los ministros Enrique Tapia, Ricardo Gálvez, Domingo Yurac, Milton Juica y el abogado integrante Manuel Daniel.

En diciembre pasado la Novena Sala argumentó que una sentencia judicial no puede resolver si un fármaco atenta o no contra la vida, "pues en tal caso se estaría reemplazando o arbitrando la verdad científica o la reflexión filosófica, lo que no es de su incumbencia, sino materia que compete a otros órganos del Estado y la sociedad". El centro juvenil AGES, persona jurídica de derecho municipal, pretendía que se declarara nula la resolución que permitió la venta del Postinor-2 afirmando que la píldora es abortiva, puesto que atenta contra el ser concebido y no nacido.

La noticia ha sido recibida con satisfacción por las organizaciones de la sociedad civil, en especial el movimiento de mujeres, que han luchado por la comercialización de este fármaco en el país, el que se vende con receta médica retenida. Asimismo, luego de la aprobación el año 2004 por parte del Ministerio de Salud, MINSAL, de las "Normas, guía clínica y protocolos para
la atención en servicios de urgencia de personas víctimas de violencia sexual", la AE es entregada como parte del manejo integral de la mujer agredida sexualmente, es decir, para la prevención de embarazo tras violación.

Presiones del movimiento de mujeres

El MINSAL, por lo tanto, solo entrega la AE en casos de agresión sexual (se estima que ocurrirían alrededor de 2 mil al año) incluso antes de que el delito esté acreditado, pero no en casos de falla anticonceptiva. La presión de las organizaciones de mujeres es entonces la ampliación del acceso y su venta sin receta.

El 8 de marzo de 2005, el entonces Subsecretario de Salud, Antonio Infante, anunció públicamente que el gobierno se aprestaba a aprobar dicha ampliación de la distribución. Sin embargo, ese mismo día, cuando las mujeres celebraban su Día Internacional, el mismo Presidente de la República,
Ricardo Lagos, se encargó de desmentirlo y, de paso, pedirle la renuncia.

Por otra parte, diversas encuestas a la ciudadanía demuestran una amplia aprobación de la píldora en casos de violación. Uno de estos estudios, dado a conocer por el Centro de Medicina Reproductiva y Desarrollo Integral del
Adolescente, CEMERA, señaló que el 79% de jóvenes encuestados usaría la píldora en casos de agresión sexual, en tanto que un 42,2% por falla del preservativo y un 33,3% por olvido del anticonceptivo.


Fuente: Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe (RSMLAC)

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Nota: este portal de Internet fue abierto el 15 de enero de 2003